Resolución General 5616/2024 · ARCA

Sin la condición de IVA, la factura no sale

ARCA está notificando a quienes emitieron facturas electrónicas sin informar la condición frente al IVA del receptor. Desde el 1 de diciembre de 2026, si ese dato va vacío, nulo o sin informar, rechaza la autorización.

1 de diciembre de 2026

ARCA deja de autorizar el comprobante cuando falta la condición de IVA del receptor.

El dato obligatorio

Condición frente al IVA del cliente en esa operación: responsable inscripto, monotributista, consumidor final, exento u otra categoría de la tabla de ARCA.

Hay que adecuar el sistema

No alcanza con tenerlo en la ficha. El código oficial tiene que viajar en cada solicitud de CAE.

Qué está avisando ARCA

La obligación sale de la RG 5616/2024, publicada el 18 de diciembre de 2024. El objetivo es que el Libro de IVA Digital registre la operación sin ese faltante.

A quién le llega

A emisores de factura electrónica en los que ARCA detectó comprobantes sin la condición de IVA del comprador, locatario o prestatario.

Qué se rechaza

La solicitud de autorización con el campo vacío, nulo o no informado. El comprobante no obtiene CAE.

Qué código vale

Solo los de la tabla oficial de ARCA. En el web service se consultan con el método de condición de IVA del receptor.

Qué conviene revisar ahora

  • Que cada cliente tenga cargada su condición frente al IVA.
  • Que el sistema mande ese código en la solicitud de autorización, no solo en pantalla.
  • Que el valor sea uno de los admitidos por ARCA para esa operación.
  • Probarlo antes del 1 de diciembre, para no cortar la facturación ese día.

De dónde sale

La norma es la Resolución General 5616/2024. El manual de factura electrónica de ARCA ya marca el campo como obligatorio y prevé el rechazo cuando falta.

La fecha de corte del 1 de diciembre de 2026 es la que ARCA está comunicando en las notificaciones a los emisores.

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